miércoles, 5 de mayo de 2010

cesar molinero
El Tribunal constitucional atraveisa un momento delicado de trabajo.La prueba es que en cuartro meses de este año 2010 unicamente ha emitido seis sentencias. Despùies, dos meses siguente las sentenciad han sido veinte. Para una elemento tan basicoy esencial en España, dejemonos de eufemismno de estado de Derecho y Democracia y centremos el pensamiento y las ideas en un pais, peculiar y singular en Europa, como es España. Esto no es Grecia, dicen. Y no tengo datos de si el Tribunal Constitucional de Grecia, en lo que vamos de 2010 ha dictado o no sentencias de garantias de los derechos del pueblo heleno: pero si que en España se presentan y se plantean cada año aproximadamente seis o siete mil demandas de amparo ante el citado organo insitucional de garantias de la Constitucion y de sus derechos. Estas seis o siete demandas de amparo han sido precedidas, procesalmente, por otros tantos incidentes de nulidad de otras tantos organos judiclaes que han dictado resolucion definitivas en el proceso, sin posible nuevo recurso jurisdiccional. Pues bien, todo, al final, concluye como en el mejor de los años de mayo trabajo, en doscientas cincuenta sentencias, la mayor parte de ellas sobre vanalidades procesales que deberian haber sido resueltas por el organos jurisdiccionales a traves del incidente de nulidad de actuaciones. Este incidente de nulidad sigue la estela del rerurso de reposicion en la via administraiva. Nada. Ejercicio de trabajo casi inutil. No tengo noticias de que se haya aceptado. alguna vez, por el organo jurisdiccional implicado, al incidente de nulidad de actuaciones. La prueba son las seis o siete mil demandas de amparo constitucional. De haberlo hecho no se hubieran planetado. Ahora, se dice que despues de cuatro borradores, el Tribunal dictaminará sobre el Estatuto de Cataluña, dos años despues y tambien, despues, de que un miembro del Tribunal diga que la presidencia esta ostentada inconstitucionalmente por su presidenta. habra que planetar un incidente de nulidad de actuaciones.

Este incidente fue acogido con grandess manifestaciones, dllmandole recurso de amparojusridccional. Nada. El desamparo.